CONCEPTO DE RECURSO:
Es el acto jurídico procesal de la parte agraviada por una Resolución Judicial, con el cual solicita que dicha resolución sea modificada o dejada sin efecto.
ELEMENTOS COMUNES A TODO RECURSO
- Norma legal que haya creado el recurso.
- Una resolución judicial.
- Se intenta a solicitud de parte, quien debe promoverlo ante el tribunal, en la forma y en el plazo que establece la ley.
- Debe haber agravio, en el sentido de no haber obtenido del tribunal lo que se ha solicitado.
CLASIFICACIÓN
Atendiendo a su finalidad:
- Recursos de enmienda o recursos de retractación: buscan modificar una resolución.
- Recursos de nulidad: casaciones.
Atendiendo a los Tribunales que intervienen:
- Recursos en los que interviene un solo tribunal: el tribunal dicta la resolución, ante ese mismo tribunal se intenta el recurso y ese mismo tribunal lo resuelve.
- Recursos en los que intervienen dos tribunales: supuestos:
- Un tribunal dicta una resolución, ante ese mismo tribunal se presenta el recurso y lo resuelve el superior jerárquico.
- Un tribunal dicta la resolución, el recurso se presenta ante el superior jerárquico para que ese mismo superior jerárquico lo resuelva (recurso de hecho).
Atendiendo a su alcance:
- Recursos ordinarios: aquellos que proceden contra la generalidad de las resoluciones judiciales, y que para intentarlos no se necesita invocar una causal específica, sino que basta el agravio.
- Recursos extraordinarios: aquellos que no proceden respecto de la generalidad de las resoluciones y que para intentarlos se necesita que haya una causal específica, además del agravio.