OBLIGACIONES DE GÉNERO Concepto (Artículo 1.508 C.C.) es aquella en la que se debe indeterminadamente un individuo de una clase o género determinado. ¿Cómo se cumple? Entregando cualquiera del género en calidad mediana. Pérdida de la cosa: El género no perece, no extingue la Obligación y la soporta el deudor. Facultades del acreedor: No puede […]